La Rancherita del Aire, desde Piedras Negras, Coahuila, México
SÍGUENOS EN REDES SOCIALES
facebook twitter youtube
Últimas noticias
Jueves 23, Abril 2026
SingleFile
Destacadas • Publicado el 2023-10-19

Delitos sexuales contra menores ya no prescriben

Los delitos sexuales cometidos en contra de menores de edad ya no prescriben a partir de este jueves 19 de octubre, que entra en vigor la reforma al Código Penal federal. Los agresores podrán ser perseguidos y procesados sin importar el tiempo que haya pasado entre el hecho y la denuncia.

Un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este miércoles reforma el Código Penal Federal para que los delitos indicados en 10 artículos en contra de personas menores de 18 años no prescriban para el ejercicio de la acción penal y sus sanciones.

“Artículo 107 Bis.- El término de prescripción de los delitos previstos en el Título Octavo del Libro Segundo de este Código cometidos en contra de una víctima persona menor de dieciocho años, comenzará a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis de este Código, que serán imprescriptibles”, señala el decreto.

Estos delitos que ya no prescriben son:

    Artículo 200.- Exponer, ofertar, comerciar o distribuir a menores de 18 años a contenido pornográfico.

    Artículo 201.- Corrupción de menores, al exponer, obligar o facilitar a menores de 18 años al consumo de alcohol, sustancias tóxicas o narcóticas, mendicidad para explotación, comisión de algún delito, formar parte de una asociación delictuosa o actos de exhibicionismo con fines sexuales.

    Artículo 202.- Pornografía infantil, al obligar, facilitar o inducir a una persona menor de 18 años a realizar actos o exhibicionismo con fines sexuales para grabarlos, fotografiarlos, exhibirlos o describirlos.

    Artículo 203.- Turismo sexual, al promover o gestionar por cualquier medio para que una o más personas viajen dentro o fuera de territorio nacional para realizar actos sexuales con menores de 18 años.

    Artículo 203 Bis.- Realizar cualquier tipo de actos sexuales con menores de edad en virtud del turismo sexual.

    Artículo 209 Bis.- Obligar, inducir o convencer a una persona menor de 18 años de realizar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento, aprovechando una relación de confianza, subordinación o superioridad, incluyendo de parentesco en cualquier grado, docente, laboral, religiosa, médica, doméstica o de otro tipo.

La reforma al Artículo 107 Bis también establece como imprescriptibles los delitos establecidos en los artículos 261, 262 y 266:

    Artículo 261.- Abuso sexual en contra de una persona menor de 18 años.

    Artículo 262.- Realizar copula con una persona mayor de 15 años y menor de 18 años, obteniendo su consentimiento por medio del engaño.

    Artículo 266.- Realizar cópula o introducir por vía anal o vaginal cualquier objeto o instrumento distinto al miembro viril a una persona menor de 18 años.

En estos delitos se considera como víctimas también a personas que no cuenten con capacidad para comprender o resistir los actos cometidos en su contra, incluso si son mayores de edad.


Noticias que te pueden interesar

ENCUESTA

Después de las lluvias recientes, ¿qué debería atenderse primero en Piedras Negras?
   Drenaje pluvial   Limpieza de alcantarillas y arroyos   Bacheo y pavimentación   Alertas y respuesta de emergencia

EN VIVO

La Rancherita del Aire

La Rancherita del Aire, S.A. de C.V.
San Juan No. 819 Fracc. San José, CP 26014 Piedras Negras, Coahuila, México.

Teléfonos:
(878) 782 03 03 (saludos y dedicaciones)
(878) 782 41 17 / 782 47 03 (oficinas)
(878) 111 91 19 (centro de mensajes)
(878) 782 22 32 (fax)

Aplicación Móvil

Descarga nuestra aplicación y entérate sobre lo que acontence al norte del país.