Exigen expedientes clínicos completos en consultorios para evitar sanciones
Toda atención médica privada, pública o social debe contar con expedientes clínicos completos de sus pacientes.
La Norma 004 establece los requisitos mínimos que deben cumplirse para evitar multas y sanciones, indicó en entrevista Paulo Sergio Tapia Villarreal, encargado de la Mesa de Servicios de Salud en Regulación y Fomento Sanitario.
El expediente clínico debe incluir el nombre del paciente, todos los datos personales, antecedentes patológicos y no patológicos. Además, debe estar firmado por el médico, quien certifica la veracidad y legalidad de la información contenida. Los médicos están obligados a resguardar el expediente por cinco años, explicó Tapia Villarreal.
Dijo que cuando el área de Regulación y Fomento Sanitario realiza visitas de verificación, solicitan expedientes médicos aleatoriamente para revisar si cuentan con lo mínimo necesario y están adecuadamente llenados.
El diagnóstico debe corresponder con el tratamiento médico expedido. Es nuestra manera de regular que se están realizando las acciones adecuadas y evitar un riesgo a la salud, añadió.
En caso de no contar con los expedientes completos, se les entrega una notificación de resultados con el punto o irregularidad detectada durante la visita. Se les otorga un plazo para corregir las anomalías y, en caso de no hacerlo, se hacen acreedores de una sanción.
Tapia Villarreal indicó que los establecimientos o consultorios médicos, incluyendo aquellos en farmacias de cadena, deberán conservar los expedientes independientemente de cualquier cambio en el personal médico.
Compartir nota