Sentenciados por privación ilegal de la libertad podrían solicitar su preliberación
Ariana García Bosque, abogada litigante, dio a conocer que las dos personas que representó durante un juicio abreviado por el delito de privación ilegal de la libertad; fueron sentenciados a seis años y dado que están por cumplir tres años detenidos, podrán solicitar su preliberación.
Ellos ya tienen tres años en prisión, por lo tanto, en algunos meses, podrían estar solicitando la preliberación, de los beneficios de ejecución; sin embargo, todavía no queda firme la sentencia, es decir la víctima y su asesor tiene el derecho de apelarla, indicó la abogada.
Precisó que, igual los sentenciados y su representación legal tienen el derecho de responder dicha apelación, para acreditar algunos puntos como: que la víctima nunca se opuso a la reclasificación de delito de secuestro a privación ilegal de la libertad y que causo ejecutoria en dos sentencias anteriores.
Y que no puede ser manipulada en perjuicio de los que ahora se encuentran en prisión. O el ministerio público imputó desde el inicio de este procedimiento unos hechos y un delito determinado; y/o hubo una reclasificación o no de este delito, refirió García Bosque.
La abogada estableció que, si se han violentado los derechos de la víctima, tendrá que reponerse el proceso desde el inicio y con ello, aperturar las responsabilidades penales en contra de ministerios públicos y el propio asesor jurídico; permitió que, en este caso su representado, se le vieran violentado sus derechos.
Si el argumento de esta víctima es, que él no estaba enterado de absolutamente nada, entonces a quien tiene que reclamarle todas las irregularidades que se han presentado según su dicho, es a su asesor jurídico y no venir a decir, que es en esta etapa donde se le han violentado sus derechos cuando se ha reclasificado un delito, cuando su aprobación a esa reclasificación tuvo que ver con un beneficio económico, indicó la abogada.
García Bosque recordó que uno de los principios que debe ser privilegiado en este sistema penal, es el derecho que tiene la víctima de aceptar acuerdos reparatorios y aceptar condiciones, donde evidentemente ambas partes se ven beneficiadas.
Precisando que dicho beneficio es en el sentido de omitir llegar a un juicio, acortar las penas y tener beneficios justo con el acceso inmediato a su reparación del daño; estableciendo que ésta parte esto no esta discusión, pues justamente es uno de los derechos que establece la constitución.
Sin embargo, lo que si queda en tela de juicio y que es el reclamo que desde mi postura he hecho desde el inicio de mi intervención en este caso; es que, no se puede tratar de forma desigual a los intervinientes de este proceso solo porque no cuentan con los recursos económicos para defenderse, puntualizó Ariana García.
Tal y como le dimos a conocer con oportunidad, este proceso penal deriva de los hechos ocurrido el 08 de octubre de 2021, cuando un hombre fue víctima de secuestro y permanecía en un domicilio de la colonia Las Fuentes.
En los citados hechos delictivos, participaron varias personas. Durante el proceso y juicio de algunos de los participantes, se reclasificó el delito a privación ilegal de la libertad; por lo cual, la victima tuvo oportunidad de obtener la reparación del daño.
Sin embargo, tras la resolución del juez en el caso de los representados de la abogada Ariana García Bosque, la víctima en el proceso, se manifestó inconforme por que a estas personas también se les haya reclasificado el delito.
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