Presidencia publica reformas a la Ley de Amparo en el Diario Oficial de la Federación
La Presidencia de la República publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a la Ley de Amparo, así como modificaciones al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
De acuerdo con el decreto, las etapas procesales que ya concluyeron y generaron derechos adquiridos permanecerán sujetas a la normativa anterior. En cambio, las actuaciones futuras se regirán por las nuevas disposiciones, sin que esto represente una aplicación retroactiva de la ley.
Entre los cambios más relevantes se encuentra la modificación al artículo 5, que limita el interés legítimo, estableciendo que el acto impugnado debe causar una afectación jurídica real y diferenciada, y que su anulación genere un beneficio concreto para quien promueva el amparo.
Asimismo, se ajusta el artículo 59, que permitirá desechar de inmediato las recusaciones que se utilicen con el propósito de retrasar o entorpecer los procesos judiciales.
Las reformas entran en vigor de manera inmediata. El Órgano de Administración Judicial tendrá 360 días para actualizar su sistema electrónico, mientras que las autoridades federales, estatales y municipales contarán con 180 días para crear sus perfiles dentro del nuevo esquema.
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