La Suprema Corte emite fallo histórico que cambia reglas de fusiones y limita avance de monopolios
La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo histórico que redefine las reglas para la fusión de grandes empresas en México, al reconocer que los acreedores tienen derecho a oponerse legalmente a estas operaciones cuando consideren que sus intereses financieros pueden verse afectados.
El pleno de la Corte determinó que el artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles es constitucional, y que la oposición de un acreedor puede suspender temporalmente los efectos de una fusión corporativa mientras se resuelve el procedimiento jurídico correspondiente.
De acuerdo con la resolución, la libertad de asociación empresarial no es absoluta y puede limitarse cuando el Congreso establezca medidas destinadas a proteger derechos patrimoniales de terceros. La SCJN explicó que, sin estos candados, la desaparición de una empresa fusionada podría dejar en desventaja a quienes tienen créditos vigentes o reclamaciones pendientes.
La Corte destacó que la ley ofrece alternativas para que las fusiones no queden detenidas indefinidamente, como el pago inmediato de las obligaciones, la constitución de depósitos en instituciones financieras o la obtención del consentimiento de todos los acreedores.
El criterio aprobado en el Amparo en Revisión 50/2025 sienta un precedente de alto impacto para el sector corporativo, pues modifica la forma en que se podrán concretar consolidaciones empresariales y fija nuevos límites a la concentración de poder económico en el país.
Fuente: El Cronista
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