Denuncian retiro de visas en los puentes internacionales de Eagle Pass
En las últimas semanas se ha registrado un repunte significativo en los testimonios de ciudadanos mexicanos a quienes autoridades de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de Estados Unidos les han revocado la visa de turista en los puentes internacionales.
Los reportes, difundidos a través de redes sociales, confirman que los oficiales migratorios mantienen un criterio sumamente estricto y de tolerancia cero ante cualquier sospecha de incumplimiento de los términos del visado de no inmigrante.
Dos casos recientes ocurridos en los cruces fronterizos ilustran la rigidez con la que operan los filtros de revisión secundaria.

En el primer incidente, un ciudadano denunció haber permanecido en una fila de espera desde la madrugada debido a la operación de un solo carril, para finalmente ser enviado a revisión, donde le cancelaron el documento.
El argumento de la autoridad estadounidense fue que el titular se había quedado en la Unión Americana más tiempo del permitido en viajes previos. A pesar de que el afectado calificó la acusación de “imposible y 100% comprobable”, la visa le fue retirada de inmediato bajo el criterio del oficial en turno.
El segundo caso expone otra de las faltas más vigiladas por el Gobierno de Estados Unidos: el uso del estatus de turista para fines de lucro.
Una comerciante local relató que, al intentar cruzar el Puente Uno, fue enviada a inspección secundaria tras detectarse que sus viajes frecuentes tenían como objetivo comprar mercancía para abastecer su propio negocio en territorio mexicano.
Los agentes federales determinaron que dicha actividad constituía un “trabajo informal no autorizado” dentro del esquema de la visa B1/B2, procediendo a la cancelación física de su documento y remitiéndola a realizar un trámite desde cero ante el consulado estadounidense.
Especialistas en derecho migratorio señalan que estas acciones no son aisladas, sino que forman parte de una estrategia de control fronterizo sistemática.
Los oficiales de CBP cuentan con la facultad legal de invalidar visas si detectan que los tiempos de estadía registrados en el sistema I-94 no coinciden con lo declarado, o si el volumen y la frecuencia de los cruces evidencian actividades comerciales o de reventa que evaden las vías de importación formal.
Ante este escenario, se exhorta a los viajeros a respetar estrictamente los tiempos de estancia autorizados y evitar el traslado de mercancías con fines de negocio bajo el estatus de turista para prevenir la pérdida del visado.
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