No es necesaria prueba de Covid-19 para extender una incapacidad, basta con que el paciente presente los síntomas
No es necesaria la prueba del coronavirus para extender una incapacidad, basta con que el paciente presente los síntomas, aclaró el director de la Unidad de Medicina Familiar 79 del IMSS en Piedras Negras, Juan David Martínez Castro.
Explicó que de 8 de la mañana a 4 de la tarde, de lunes a viernes, se entregan las incapacidades de pacientes sospechosos o confirmados a Covid-19 y que fueron atendidos en los módulos de Triage Respiratorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.
No se le entregan al paciente, tiene que acudir un familiar, amigo, vecino o alguien de la empresa, pueden ir de 8 de la mañana a 8 de la noche, pero de preferencia hasta las 4 de la tarde para llevar un mejor control.
Lo que nosotros estamos haciendo, por cuestiones reglamentarias y obvias, es mandar a aislamiento a los pacientes con incapacidad que presenten síntomas a Covid-19 desde leves como un dolor de garganta, dolor de cabeza y tos, así como diarrea, vómito, dolor de cuerpo, de huesos y demás, esto es suficiente para que el paciente se vaya con incapacidad para aislarse en su casa.
Dijo que ellos deberán estar en reposo por lo menos diez días, y si se recuperan, podrán regresar a trabajar.
En el momento que el médico recibe al paciente, son suficientes los síntomas para que lo aíslen, no es necesario el resultado de una prueba de Covid-19, enfatizó.
En cuanto a los medicamentos de la derechohabiencia normal que no presenta Covid-19, dijo que también pueden acudir los familiares a recogerlos.