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Insacula INE a interventores que llevarán proceso de liquidación de partidos políticos que no alcanzaron el 3% de la votación
Piedras Negras • Publicado el 2021-06-19

Insacula INE a interventores que llevarán proceso de liquidación de partidos políticos que no alcanzaron el 3% de la votación

La Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) realizó el proceso de insaculación para designar a los interventores que se encargarán del proceso de liquidación de los partidos políticos nacionales Encuentro Solidario, Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México, en virtud de que no alcanzaron el 3% de la votación en el Proceso Electoral 2020-2021.

En sesión extraordinaria se llevó a cabo la insaculación, para que, de entre 68 especialistas, se seleccionara a los interventores que serán responsables del procedimiento de prevención y, en su caso, de liquidación de los partidos políticos.

En primera instancia fue insaculado para el Partido Encuentro Solidario, Álvaro Martín Bardales Ramírez; para Redes Sociales Progresistas, Sergio Francisco Hermida Guerrero y para Fuerza por México, Samuel Ricardo Egure Lascano.

Sin embargo, no se logró establecer contacto directo con ninguno de los tres, por lo que, al no estar disponibles se procedió con los siguientes especialistas en estricto orden de la lista correspondiente a cada urna, hasta lograr la aceptación de Héctor Alberto Romero Fierro, para Encuentro Solidario; Gerardo Sierra Arrazola, para Redes Sociales Progresistas y José Gerardo Badín Cherit, para Fuerza por México.

De acuerdo con el artículo 97 de la Ley General de Partidos Políticos y 395 del Reglamento de Fiscalización, en la liquidación de los Partidos Políticos, los recursos con los que cuente cada instituto político en proceso de liquidación serán utilizados conforme a la siguiente graduación y prelación:

1.Se cubrirán las obligaciones que la ley determina en protección y beneficio de los trabajadores del partido en liquidación.
2.Se cubrirán las obligaciones fiscales que correspondan.
3.Se pagarán las sanciones administrativas de carácter económico impuestas por el Instituto.
4.Se atenderán otros compromisos contraídos y debidamente documentados con proveedores y acreedores, es decir los demás que no sean contemplados en los numerales 1. 2. y 3.; aplicando en lo conducente las leyes correspondientes, el Código Civil Federal y la Ley de Concursos Mercantiles.
5. En caso de existir remanente, los recursos en cuentas bancarias serán transferidos a la Tesorería de la Federación y tratándose de bienes inmuebles, se llevarán a cabo los trámites para ser transferidos al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.


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