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Destacadas • Publicado el 2023-09-01

Gobierno de AMLO expropia 45 inmuebles para Tramo 4 del Tren Maya

A horas de que el presidente Andrés Manuel López Obrador atestiguara la primera prueba dinámica del Tren Maya, el gobierno federal expropió 45 inmuebles en Yucatán y Quintana Roo, para continuar con la construcción del Tramo 4.

Este viernes, el Diario Ofical publicó el decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 206,123.80 m² a favor de la Federación, para la construcción del Tramo 4 del Proyecto Tren Maya.

Corresponde a 45 inmuebles de propiedad privada en los municipios de Sudzal, Kantunil, Tinum, Uayma, Valladolid y Chemax, en el estado de Yucatán, y de Puerto Morelos, en el estado de Quintana Roo.

   

El Tren Maya es el más importante proyecto de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo del sexenio del presidente López Obrador.

Tendrá un recorrido de mil 525 kilómetros, pasará por los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, e interconectará las principales ciudades y sitios turísticos de la Península de Yucatán.

De acuerdo con el gobierno de México, el Tren Maya es un proyecto orientado a incrementar la derrama económica del turismo en la Península de Yucatán, crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible y proteger el medio ambiente de la zona desalentando actividades como la tala ilegal y el tráfico de especies, además de propiciar el ordenamiento territorial de la región.

La expropiación a la que se refiere el decreto publicado este día incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los bienes inmuebles y que formen parte de ellos.

El DOF señala que los bienes inmuebles que se pretenden expropiar son apropiados e idóneos para el Proyecto Tren Maya. De lo que resulta la superficie de 206 mil123.80 metros cuadrados correspondientes a 45 (cuarenta y cinco) inmuebles de propiedad privada.

La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano procede a la ocupación inmediata de los bienes materia de esta expropiación.

La interposición de cualquier medio de defensa no suspende la ocupación señalada en el párrafo anterior.

De esta manera, Fonatur, Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V. y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano deben coordinarse para cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, de conformidad con los avalúos que emitió el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

Si los bienes a que se refiere el presente decreto no son destinados a la realización de las acciones que dieron causa a la expropiación, el afectado podrá solicitar la insubsistencia de la expropiación en términos de la normativa aplicable.


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