Ya se puede denunciar la falta de pago de utilidades
A partir del día de hoy, cualquier trabajador en activo ya puede acudir ante la autoridad a realizar el reclamo si no recibió el pago correspondiente a las utilidades del año pasado.
La ley federal del trabajo indica que la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) es un derecho protegido por la Constitución.
Dicha obligación, se genera con las ganancias reportadas por las empresas a través de su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante el ejercicio fiscal anterior.
Está estipulado en la ley que el 30 de mayo es la fecha límite que tienen las empresas para cumplir con el reparto de utilidades.
Esto es así porque la legislación laboral otorga un plazo de 60 días a las empresas a partir del 31 de marzo, último día para presentar la declaración de personas morales, para cumplir con esta obligación.
Esos 60 días vencieron el día de ayer, 30 de mayo, por lo que, a partir del día de hoy, cualquier persona que no haya recibido esta prestación, puede acudir ante el Centro de Conciliación perteneciente a la Secretaría del Trabajo.
En dicho lugar, una vez que se recibe el reclamo de una o varias personas, se manda citar al representante legal o patrón de la empresa en cuestión.
Se prioriza el lograr un acuerdo entre ambas partes, sin embargo, si esto no es posible, entonces se acude con demanda en mano ante los tribunales laborales para que procedan en consecuencia.
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