Poder Ejecutivo lanza su convocatoria para elección de jueces, más breve y con menos requisitos que la del Poder Judicial
El Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo federal publicó su convocatoria para la elección de jueces, magistrados y ministros, en la que se describen los documentos que las personas aspirantes deberán entregar y los tiempos en los que se realizará la selección de candidaturas.
A diferencia de las convocatorias de los Poderes Legislativo y Judicial, en el documento del Poder Ejecutivo no se especifica, con puntos o porcentajes, a qué requisito se le dará más peso al momento de evaluar la idoneidad de los perfiles.
El Comité del Poder Legislativo, por ejemplo, decidió dar un mayor peso a los méritos académicos de las personas aspirantes, mientras el Poder Judicial prioriza un examen escrito de conocimientos técnicos.
En el caso del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo, su convocatoria se limita a los requisitos que ya quedaron establecidos con la reforma judicial en los artículos 95, 96, 97, 99 y 100 de la Constitución Política.
Esta convocatoria, de 14 páginas, también es la más corta de las tres que fueron emitidas por cada Poder, y señala que los casos no previstos en el documento serán resueltos por el Comité de Evaluación, “quien tendrá facultades de interpretación y decisión conforme a las disposiciones jurídicas aplicables”.
La convocatoria del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo establece distintos requisitos dependiendo el cargo al cual una persona se quiera postular.
Para la elección de ministros y ministras de la Suprema Corte, magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, magistraturas de la Sala Superior y Salas Regionales del Tribunal Electoral, los aspirantes deberán entregar los siguientes documentos:
Copia de su acta de nacimiento; copia de credencial para votar; título o cédula que acrediten estudios de Derecho; historial académico donde puedan observarse las calificaciones por grado y materia; documento que acredite la actividad jurídica y profesional de al menos cinco años; constancia de residencia en México de al menos dos años; cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo; carta bajo protesta de decir verdad donde se indique que no ha sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, ni condenado por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro delito que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, ni que no tiene suspendidos sus derechos políticos.
Compartir nota