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Miercoles 16, Abril 2025
Promoción del voto
Destacadas • Publicado el 2025-04-14

Detalla SEGOB sobre la promoción del voto de la elección judicial, quiénes y cómo pueden hacerlo

Rosa Icela Rodríguez Velázquez, titular de la Secretaría de Gobernación, informó sobre la reciente resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que modificó un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) en relación con la promoción del voto en la elección judicial.

El Tribunal concluyó que no solo el INE puede promover la participación ciudadana, sino también los Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), así como los poderes estatales, en el caso de elecciones judiciales locales. Asimismo, los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs), los servidores públicos y la ciudadanía en general también pueden promover el voto para el próximo 1 de junio.

¿Qué sí se puede hacer?

Rodríguez Velázquez detalló que, conforme a la sentencia, está permitido:

Promover el voto y la participación ciudadana, siempre que no se haga alusión a una candidatura en particular.

Realizar campañas de comunicación social, sin sesgo o apoyo a un candidato o partido específico.

Desarrollar campañas didácticas o educativas para informar sobre cómo emitir el voto.

Difundir comunicación social de carácter institucional con fines informativos, educativos y de orientación sobre el proceso electoral.

La titular de Gobernación también aclaró las restricciones que impone la sentencia:

No se pueden incluir imágenes, nombres o símbolos que identifiquen a funcionarios o candidatos en la propaganda relacionada con la elección judicial.

El Gobierno Federal no puede promover elecciones locales.

Las autoridades locales no pueden promover la elección federal.

Está prohibido el uso de logotipos o colores institucionales, excepto para el INE y los OPLEs.

Los promocionales del Gobierno de México no deben incluir la frase Gobierno de México.

Los candidatos que actualmente ocupan cargos públicos no pueden aparecer en propaganda institucional ni influir en la equidad de la contienda.

Rodríguez Velázquez también explicó que:

La promoción por parte de autoridades debe ser genérica, sin mencionar partidos o candidatos.

Se pueden usar recursos públicos para promover la elección judicial, siempre que estén destinados a la comunicación institucional con fines informativos y sin violar los principios de imparcialidad y neutralidad.

En los promocionales, tanto en medios tradicionales como digitales, no debe identificarse el órgano emisor (excepto el INE o los OPLEs).

Está prohibido incluir nombres, logotipos, eslóganes, imágenes o cualquier referencia que identifique a las personas candidatas.

Los anuncios deben llevar una leyenda o cintillo que aclare que su contenido tiene fines informativos y educativos.


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