Segundo o tercer lugar en elección a alcalde ya no garantiza quedar en cabildo
Las reformas realizadas de manera reciente al Código Electoral del Estado de Coahuila, permitirán que personas que no participen como candidatos a una elección para presidentes municipales, obtengan un espacio en el cabildo, el cual, antes era exclusivo para los candidatos que obtenían el segundo y tercer lugar en el mismo proceso electoral.
Así quedó asentado en el artículo 19 numeral 6 del Código Electoral en el cual textualmente se lee lo siguiente:
Los regidores de representación proporcional y, en su caso, el síndico de la primera minoría, se asignarán de entre aquellos candidatos propietarios, que postulen los partidos políticos o coaliciones, siguiendo el orden en que se registraron ante el Instituto las planillas de mayoría, iniciando con la asignación de la primera regiduría a que tengan derecho los partidos políticos a los candidatos a presidente municipal, continuando con los candidatos a regidores.
Esto significa que los partidos políticos, desde que postulan a quienes habrán de pertenecer a su planilla de mayoría, podrían colocar a una tercera persona y no exclusivamente a su candidato, en el primer lugar de la lista.
Por lo tanto, sería esa persona la que obtenga un espacio en el cabildo y no quien participó como candidato en la elección.
Como ejemplo, en la pasada elección a presidente del municipio de Piedras Negras, en segundo lugar, resulto la candidata del PRI Sonia Villarreal y en tercer lugar la candidata del PAN Elva Alicia Muñoz Rojo, ambas obtuvieron un espacio en el Cabildo, pero la candidata del PRI declinó al puesto y el Congreso del Estado tuvo que designar a un suplente.
Ahora dicho paso pudiera ser innecesario pues si desde un principio, el candidato no quiere pertenecer al cabildo en caso de resultar en segundo o tercer lugar, el partido puede desde un inicio, postular a otra persona.
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