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Destacadas • Publicado el 2026-03-26

A cuenta gotas y a destiempo, integrantes del Sindicato Único de Trabajadores de Obras Públicas de Piedras Negras reciben pago de subsistencia

Pese a que el pasado miércoles 24 de marzo venció el plazo para el pago de subsistencia para un total de 84 trabajadores del Sindicato Único de Trabajadores de Obras Públicas de Piedras Negras, quienes aún continúan en el juicio laboral, solo se ha concretado la entrega de dicho recurso a 19 de estos trabajadores.

Dichos pagos se realizaron el pasado miércoles y, pese a que les aseguraron que este jueves se realizaría lo propio con el resto de los trabajadores, pues esto no será así, según les comunicaron hace algunas horas por parte de la sucursal bancaria Banorte, donde se encuentran depositados dichos recursos.

Cabe recordar que, al inicio de este juicio laboral, eran un total de 112 trabajadores sindicalizados los afectados. Conforme fue avanzando el tiempo, a la fecha 28 de los agremiados decidieron cobrar su finiquito, quedando 84 trabajadores en este proceso laboral.

Conforme a lo referido a personas familiarizadas con la situación que viven los trabajadores sindicalizados, alrededor del mediodía de este jueves les comunicaron que probablemente mañana viernes se concrete dicho pago.

Sin embargo, lo que han manifestado es que dicho cobro debió realizarse el pasado martes, cuando se cumplían las 72 horas para que la institución bancaria realizara dicho proceso de pago.

Y es que hay que recordar que el denominado pago de subsistencia en un proceso laboral en México es una garantía económica obligatoria que el patrón debe depositar cuando solicita la suspensión de la ejecución de una sentencia (amparo directo) que favorece al trabajador.

El objetivo de este es asegurar que el empleado cubra sus necesidades básicas mientras el juicio continúa, basado en el salario diario integrado, el cual se calcula usualmente hasta por seis meses de salario integrado.

Cabe mencionar que el trabajador puede disponer de dicho recurso desde el inicio del juicio y no es devolutivo, aunque el patrón ganara el juicio posteriormente.


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