Realizan audiencias virtuales en el Centro de Justicia Penal de Piedras Negras
Realizan audiencias virtuales en el Centro de Justicia Penal de Piedras Negras
El Centro de Justicia Penal Acusatorio de Piedras Negras ha implementado las audiencias virtuales con el uso de la tecnología, lo que implica que los participantes llevan a cabo la audiencia sin estar presentes en el mismo lugar. Lo anterior, dando seguimiento a lo dispuesto por el Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Luis Alberto Guajardo Castro, administrador del Centro de Justicia Penal de Piedras Negras, detalló que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial aprobó el acuerdo por el cual se les autoriza celebrar audiencias mediante video conferencias.
Esto quiere decir que utilizamos herramientas como es la aplicación Zoom, para llevar las audiencias urgentes y algunos tipos de audiencias que pueden derivar en la libertad de los imputados o acusados, detalló Guajardo Castro.
Precisó que, dicha manera de realizar las audiencias comenzó a aplicarse desde el pasado fin de semana.
El administrador del Centro de Justicia Penal Acusatorio detalló que actualmente los internos son trasladados del penal de Piedras Negras hacia a la sala de audiencia; siendo éste el único que está obligado a estar presente durante la audiencia.
Lo anterior, debido a las imposibilidades técnicas que tiene el centro penitenciario para llevar la audiencia desde el interior; aunque se contempla que en breve se pueda resolver dicha situación y ya no sea necesaria su traslado.
Cabe mencionar que el acuerdo del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza donde se autorizó realizar audiencias virtuales, se realizó el pasado 06 de abril del año en curso y en Saltillo ya se han realizado juicios de manera virtual.
Se implementará el uso de la videoconferencia en tiempo real para el desahogo de las audiencias que los Juzgados de Primera Instancia en Materia Penal del Sistema Acusatorio y Oral del Poder Judicial del Estado estimen de carácter urgente de conformidad con el considerando segundo, inciso 3, del acuerdo C-048/2020 del Consejo de la Judicatura, con el Código Nacional de Procedimientos Penales y con la legislación local aplicable en el ámbito de su competencia, se puede leer en el acuerdo.