Niegan suspensión de amparo a seis establecimientos de la Zona de Tolerancia
Un grupo conformado por los representantes de seis establecimientos que operan en la llamada Zona de Tolerancia de Piedras Negras, presentaron un juicio de amparo, donde argumentaron cierre ilegal de sus negocios, acoso de autoridades y ejercicio excesivo de las funciones de las autoridades.
El Juez Tercero de Distrito, Juan Marcos Dávila Rangel, negó la suspensión definitiva de los actos reclamados, estableciendo que dicho procedimiento fue admitido el pasado 28 de enero del año en curso y este martes 04 de febrero, se llevó a cabo la audiencia del incidente de suspensión del juicio de amparo 62/2025.
Los negocios que presentaron dicho procedimiento son: La Movida 2, El Silencio, Mr. Boom, Club 54, Cactus, El Cairo 2; mismos que operan en la citada Zona de Tolerancia o Zona Dorada, como también se le comenzó a denominar.
Conforme a lo que se refiere en la resolución del Juez Tercero de Distrito, en lo que se refiere al al acto reclamado consistente en el cierre ilegal de los negocios, se niega la suspensión definitiva; por no satisfacer el requisito previsto en el artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo.
Particularmente porque los quejosos omitieron exhibir la licencia de funcionamiento mercantil con su revalidación anual y los permisos de uso de suelo emitidos por la autoridad municipal correspondiente.
Cabe mencionar que dicho procedimiento de Juicio de Amparo se presentó desde el 23 de enero, pero debieron solventar algunas observaciones y se admitió una vez que cumplieron con ello, quedando como fecha de admisión el 28 de enero.
Mientras que, el pasado viernes 31 de enero de 2025, los representantes de los negocios de la Zona de Tolerancia, acudieron a manifestarse en el exterior de las instalaciones de la Pirámide del Sol en Piedras Negras; precisamente por el cierre de los establecimientos a las dos de la mañana.
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