Sí se puede viajar desde México a EU por avión, con ciertas restricciones
México y Estados Unidos acordaron extender el cierre parcial de la frontera terrestre para viajes no esenciales, como turismo y recreación. Las medidas estarán vigentes, al menos, hasta el 21 de julio.
Pero el cierre de la frontera ha desatado dudas entre los viajeros. ¿Se puede viajar a EU por avión? ¿Hay restricciones en vuelos o medidas que tomar?
Por ahora las restricciones no aplican para vuelos. Los mexicanos sí pueden viajar a Estados Unidos por avión y con su visa de turista B1/B2.
La Embajada de EU lo aclara en su página de internet:
Esta acción (cierre parcial de la frontera) no se aplica a los viajeros aéreos, ferroviarios o marítimos en este momento, pero sí a los viajes en tren y ferry.
También lo señala en Twitter la cuenta oficial consular de la Embajada de EU en México.
No obstante, recuerda que es un oficial de CBP quien autoriza o niega la entrada al país. Por lo tanto, lo mejor será que no viajes si tienen síntomas de gripe. De lo contrario, podrías enfrentar problemas.
El vuelo debe ser hasta territorio estadounidense. Si viajas al aeropuerto de Tijuana y quieres cruzar como peatón el Cross Border Xpress, no podrás hacerlo si tu viaje no esencial.
Aerolíneas como Alaska Airlines, American Airlines, Delta, Hawaiian Airlines, JetBlue, y otras hicieron obligatorio el uso de cubrebocas.
¿Quiénes sí tienen prohibido viajar a EU por avión?
Durante la pandemia el gobierno de EU suspendió el ingreso de extranjeros que estuvieron físicamente en los siguientes países:
Brasil, Reino Unido e Irlanda del Norte
La República de Irlanda
Los 26 países que comprenden el Área Schengen
(Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Estonia, entre otros)
La República Islámica de Irán
La República Popular de China, excepto Hong Kong y Macao.
Restricciones de viaje relacionadas al Covid-19 en las fronteras con Canadá y México
-Punto Principal: Estados Unidos limitará de manera temporal los cruces fronterizos por tierra con Canadá y México únicamente a viajes esenciales.
-Esta acción no evita que ciudadanos estadounidenses regresen a casa.
-Estas restricciones son temporales y entraron en vigor el 21 de marzo de 2020. Continuarán vigentes hasta las 11:59 P.M. del 22 de junio de 2020. Esta decisión se ha coordinado con los gobiernos de México y Canadá.
-Las siguientes categorías no entran en la definición de viajes esenciales:
-Individuos que viajan pro turismo, recreación, apuestas o asistiendo eventos culturales en los Estados Unidos.
¿Quién se considera un viajero esencial?
-Los ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes que regresen a Estados Unidos.
-Individuos que viajen por motivos médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en Estados Unidos).
-Individuos que viajen para asistir a instituciones educativas.
-Individuos que viajen para trabajar en Estados Unidos (por ejemplo los que trabajan en la industria de agricultura y que tienen que viajar entre Estados Unidos, Canadá y México por tal motivo).
-Individuos que viajanpara dar respuesta a emergencias y propósitos de salud pública (por ejemplo, funcionarios de gobierno o personal de emergencia que entre a Estados Unidos en apoyo de esfuerzos de gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial en respuesta a Covid-19 u otras emergencias).
-Individuos involucrados en comercio transfronterizo legítimo (por ejemplo, conductores de camión que mueven la carga entre Estados Unidos, Canadá y México)
-Individuos en viajes oficiales de gobierno o diplomáticos.
-Militares de viaje o que lleven a cabo operaciones.
Estados Unidos está coordinándose estrechamente con Canadá y México para proteger a nuestros ciudadanosy minimizar los impactos económicos.
Preguntas y Respuestas
P: ¿Qué significa para los viajes aéreos y otros viajes transfronterizos?
R: Esta acción no aplica para viajes aéreos, por ferrocarril o marítimos en este momento, pero sí aplica para trenes suburbanos y ferris.
P: ¿Qué sucede con las empresas que dependen del tráfico fronterizo?
R: En la mayoría de los casos, los viajes de trabajo y los embarques son considerados viajes esenciales. Favor de revisar los requisitos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
P: ¿Cómo impactará a las comunidades fronterizas que regularmente viajan a lo largo de la frontera para adquirir servicios y suministros esenciales, especialmente comunidades remotas?
R: Estas acciones están enfocadas en ayudar a proteger comunidades del contagio de Covid-19. El comisionado de CBP puede determinar qué otros modos de viaje como viajarcon motivo de estabilidad económica u orden social constituyen un viaje esencial. En este momento, la prioridad es reducir las oportunidades de que el virus se propague.
P: ¿Cómo lidiarán con los migrantes en la frontera?
R: El Departamento de Seguridad Nacional continúa aplicando las leyes migratorias de Estados Unidos en todas las fronteras, incluyendo entre los puertos de entrada.
P: ¿Qué pasa con los ciudadanos estadounidenses y los de doble nacionalidad que viven en el extranjero? ¿Podrán cruzar?
R: Sí. Esta acción no prohíbe a los ciudadanos estadounidenses regresar a casa.
Con información de El Universal