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Habrá multas desde los mil 689 pesos hasta los 4.2 mdp o clausura por dar bolsas de plástico
Destacadas • Publicado el 2020-01-01

Habrá multas desde los mil 689 pesos hasta los 4.2 mdp o clausura por dar bolsas de plástico

Las bolsas de plástico dirán adiós por completo en este 2020, ya que la norma que las prohíbe entrará en vigor a partir del 16 de enero, por lo que debe tomar previsiones al considerarse multas millonarias.

El el 17 de diciembre de 2018, el Congreso del Estado aprobó una reforma de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado para restringir la venta, facilitación y obsequio de bolsas y popotes plásticos en supermercados, tiendas de autoservicio, farmacias, tiendas de conveniencia, mercados, restaurantes y similares.

El ordenamiento fue publicado el 15 de enero de 2019 en el Periódico Oficial del Estado, por lo que, de acuerdo al primero transitorio, entrará en vigor el próximo 16 de enero de 2020, aunque no definitivamente, pues aún se permitirán tales objetos hechos de materiales biodegradables durante ocho meses más.

No obstante, en esta reglamentación se consideran multas que van desde los mil 689 pesos hasta los 4.2 millones de pesos, clausura temporal o definitiva, total o parcial; arresto administrativo o suspensión, revocación o cancelación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones correspondientes, son las sanciones para quien viole las disposiciones sobre las bolsas de plástico y popotes.

BIODEGRADABLES, POR OCHO MESES MÁS

Según el segundo transitorio, a la entrada en vigor de la restricción de venta, facilitación y obsequio de bolsas plásticas y contenedores de poliestireno expandido, así como de popotes plásticos, aún podrán usarse durante ochos meses las bolsas, con la condición que sean biodegradables, es decir, hasta septiembre 16 de 2020.

El mismo artículo añade que la entrada en vigor de la restricción definitiva  en supermercados, tiendas de autoservicio, farmacias, tiendas de conveniencia, mercados, restaurantes y similares, regirá luego de un plazo de ocho meses a la entrada en vigor del decreto.

Es decir, luego de esos 8 meses, ni siquiera podrán usarse artículos de material biodegradable, sólo los fabricados con materiales que faciliten su reúso o reciclado y que sean de pronta biodegradación o de productos composteables.

LAS SANCIONES
En el apartado de sanciones, a partir del artículo 182, la ley establece multa equivalente de 20 a 50 mil días de salario mínimo general vigente en el Estado al momento de imponer la sanción.

Al no usarse el salario mínimo como referencia, se usa la Unidad de Medida y Actualización, que para 2019 es de 84.49 pesos, lo que equivale a sanciones entre los mil 689 pesos y los 4.2 millones de pesos.

Según el 184, para la imposición de las sanciones por infracciones a esta ley se tomará, en cuenta entre otras cuestiones, la gravedad de la infracción, las condiciones económicas del infractor y si hay o no reincidencia.

Con información de Vanguardia


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