Aprueban CURP con datos biométricos, huella y foto; consuma 4T ley sobre desapariciones
Tras una larga jornada de más de siete horas y con un pleno semivacío, la Cámara de Diputados aprobó la reforma en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como la Ley General de Población.
La minuta enviada por el Senado de la República fue aprobada en dos votaciones, primero fue avalada en lo general la reforma sobre Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas por 438 votos a favor y 38 en contra. En lo particular hubo 417 sufragios a favor y 60 en contra.
Después fue votada en lo general la reforma sobre Ley General de Población por 340 votos a favor, 104 en contra y 24 abstenciones. En lo particular hubo 345 sufragios a favor y 129 en contra
En ambas reformas se presentaron reservas que presentaron 16 diputados de los diversos grupos parlamentarios. Ninguna fue aprobada.
La reforma busca la creación un marco integral para agilizar la búsqueda de personas desaparecidas mediante herramientas tecnológicas, una mayor coordinación institucional entre fiscalías, intercambio de información y acceso a bases de datos.
Dentro de la reforma se estableció que todos los ciudadanos utilizarán la Clave Única de Registro de Población (CURP), misma que contendrá huellas dactilares, fotografía y datos biométricos.
Además, se decreta que se crea la Plataforma Única de Identidad (PUI) como una herramienta para la consulta, validación y gestión de las Claves Únicas de Registro de Población. Se busca que la PUI facilite la búsqueda y localización de personas desaparecidas.
En la Ley General de Población se precisa que la CURP es la fuente única de identidad de las personas, de nacionalidad mexicana, o extranjera que se encuentren en condición de estancia regular en el país, y contendrá nombres y apellidos, fecha de nacimiento, sexo o género, lugar de nacimiento, nacionalidad, huellas dactilares, y fotografía.
Será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y se encontrará en formato físico y digital.
La reforma establece que la Secretaría de Gobernación llevará a cabo acciones para integrar los datos biométricos de las personas a la CURP, en estricto apego a la normativa en materia de protección de datos personales, tanto en posesión de sujetos obligados como por particulares. También establecerá el Programa de Integración al Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo) de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, en coordinación y colaboración con las autoridades de los tres órdenes de gobierno.
De acuerdo con el dictamen, la versión digital de la CURP como identificación estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y deberá ser empleada en los procesos de validación y autenticación de la identidad de las personas en medios digitales. Todo ente público o particular estará obligado a solicitar la CURP para la prestación de sus trámites y servicios.
La iniciativa fue enviada a la titular del Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.
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