Trump firma nuevas órdenes para restringir la ciudadanía por nacimiento en Estados Unidos
El presidente Donald Trump firmó dos nuevas órdenes ejecutivas dirigidas a restringir determinados casos de ciudadanía por nacimiento y combatir el llamado “turismo de nacimiento”, semanas después de que la Corte Suprema rechazó su intento de negar este derecho a hijos de migrantes indocumentados o extranjeros con estancia temporal.
Las disposiciones no eliminan de manera general la ciudadanía automática para quienes nacen en territorio estadounidense. La Decimocuarta Enmienda y la resolución emitida por la Corte Suprema el pasado 30 de junio mantienen protegidos a los hijos de personas indocumentadas o con visas temporales.
La primera orden instruye a las agencias federales a no reconocer como ciudadanos a ciertos menores cuando ninguno de sus padres sea estadounidense y se presente alguna de las circunstancias enumeradas por el Gobierno.
Entre los casos señalados se encuentran los hijos de personas catalogadas como “enemigos extranjeros”, integrantes de organizaciones terroristas, determinados empleados de gobiernos extranjeros y quienes presuntamente participaron en operaciones comerciales o fraudulentas para obtener la ciudadanía mediante el nacimiento de un menor.
La orden también incluye nacimientos mediante gestación subrogada cuando, según las autoridades, exista una operación comercial destinada a obtener la ciudadanía estadounidense.
Las dependencias federales deberán publicar durante los próximos 30 días los lineamientos necesarios para explicar cómo aplicarán estas nuevas disposiciones.
La segunda orden ejecutiva está dirigida contra el denominado “turismo de nacimiento”, definido por la administración Trump como el ingreso a Estados Unidos con una visa temporal y con el propósito principal de dar a luz en territorio estadounidense.
El documento autoriza a los secretarios de Estado y de Seguridad Nacional a negar o revocar visas, impedir permanentemente futuros ingresos, ordenar deportaciones y actuar contra personas u organizaciones que faciliten este tipo de viajes.
También contempla excepciones por razones humanitarias o cuando la entrada de una persona sea considerada de interés nacional.
La orden no establece que el embarazo, por sí mismo, sea motivo automático para negar la entrada. Sin embargo, funcionarios consulares y migratorios podrán analizar si el propósito principal del viaje es dar a luz en Estados Unidos.
Para la población fronteriza mexicana, las medidas podrían traducirse en mayores revisiones durante las solicitudes de visa y en los puertos de entrada, particularmente cuando una mujer embarazada viaje cerca de la fecha prevista para el parto.
Las autoridades estadounidenses todavía deberán precisar qué documentos solicitarán, cómo determinarán la intención del viaje y qué procedimiento podrán seguir las personas afectadas.
Las nuevas órdenes previsiblemente enfrentarán impugnaciones judiciales. Organizaciones defensoras de los derechos civiles sostienen que algunas de las categorías establecidas por Trump exceden las excepciones históricas reconocidas por la Constitución.
La Corte Suprema resolvió en junio que los hijos nacidos en Estados Unidos de padres indocumentados o con presencia temporal se encuentran bajo la jurisdicción del país y, por lo tanto, son ciudadanos desde el nacimiento.
Por esa razón, las nuevas órdenes no pueden interpretarse como la eliminación general de la ciudadanía por nacimiento. Su alcance definitivo dependerá de los lineamientos federales, su aplicación práctica y las decisiones que adopten los tribunales ante las impugnaciones anunciadas.
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