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Vulnerables a Covid-19 no acuden a trabajar con sueldo completo; enfermos o sospechosos se incapacitan y cobran el 60%
Destacadas • Publicado el 2020-03-29

Vulnerables a Covid-19 no acuden a trabajar con sueldo completo; enfermos o sospechosos se incapacitan y cobran el 60%

Ante las múltiples preguntas al centro de mensajes sobre la manera en que pagarán su sueldo a los trabajadores que se encuentran entre el grupo vulnerable de personas a enfermarse de Covid-19 y que no estén acudiendo a trabajar y a quienes se tienen que incapacitar por la enfermedad, Noticieros Rancherita del Aire, retoma ambos temas.

El Presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un acuerdo que obliga a los sectores público, privado y social a permitir que las personas más vulnerables a enfermarse de COVID-19 no acudan a sus trabajos, garantizándoles que seguirán recibiendo su sueldos y prestaciones.

El acuerdo publicado desde el 24 de marzo del 2020 en el Diario Oficial de la Federación establece las medidas preventivas que los diferentes sectores deberán implementar para mitigar la pandemia.

La primera de esas medias establece que las dependencias deberán evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos, a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento, en su caso, y a manera de permiso con goce de sueldo, gozarán de su salario y demás prestaciones establecidas en la normatividad vigente.

Los grupos vulnerables a enfermarse, precisa el acuerdo, son también las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, las y los menores de 5 años, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas no transmisibles (personas con hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica, enfermedad cardiaca), o con algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico.

Todos ellos, se reitera, deberán recibir de parte de su empresa el salario íntegro, junto con sus prestaciones.

En aquellos casos en que las empresas sigan trabajando de forma regular, pero que uno de sus empleados presente síntomas de la enfermedad (Coronavirus) podrá completar un cuestionario de tamizaje para conocer si procede o no un permiso especial.

En un esfuerzo del IMSS por romper la cadena de transmisión y mantener la sana distancia, el derechohabiente no tendrá que acudir a alguna clínica u hospital para que le realicen el trámite de la incapacidad, ya que se aprobó recientemente la obtención de un permiso especial por contingencia desde plataformas digitales de acceso remoto.

Según se informó por parte del doctor Mauricio Hernández Ávila, director de prestaciones económicas y sociales del IMSS a nivel nacional, este permiso es único en la historia del instituto para las y los trabajadoras asegurados, en congruencia con la declaratoria de pandemia hecha por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Indicó que, si las y los trabajadores tienen signos de infección como tos, fiebre y dolor de cabeza, deben permanecer en casa sin acudir al médico para obtener su incapacidad.

Precisó que el pago de la incapacidad es de 11 días, debido a que los primeros tres no se cubren al ser una incapacidad temporal por enfermedad general, el retiro del trabajador de las áreas de trabajo es por 14 días, tiempo en que se estima como duración del Covid-19.

El trabajador ingresará a la página del Instituto y en ella completará un cuestionario, posteriormente recibirá la respuesta de si procede o no el permiso especial. En aquellos casos en que no hay riesgo, se le emiten recomendaciones para el cuidado de la salud, pero si existe el riesgo, se valida el cuestionario con evaluación médica, se hace la incapacidad digital, se notifica al patrón, lo cual también deberá hacer la persona y se contactará al trabajador.

Al contactar al trabajador asegurado, se verificará su cuenta bancaria y se realizará el depósito, adicionalmente, dijo, se le enviará por mensajería un equipo de protección para que no se contagien los familiares, que consiste en cubrebocas, alcohol gel que hace la función de antiséptico bacteriano y un termómetro, con lo que se previene el contagio intradomiciliario, además de un instructivo sobre los signos y síntomas del COVID-19 y cómo cuidar al enfermo en casa.

Solicitó que las y los trabajadores actualicen sus datos en las plataformas digitales del IMSS para el envío del kit y de información.

Los grupos vulnerables a enfermarse, precisa el acuerdo, son también las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, las y los menores de 5 años, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas no transmisibles (personas con hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica, enfermedad cardiaca), o con algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico.

El derechohabiente del IMSS obtendrá la incapacidad por 14 días, pero se le pagarán 11 días al 60 por ciento sobre el salario del trabajador.

Subrayó que la persona con incapacidad debe estar atenta de los síntomas de agravamiento de esta enfermedad al término de los 14 días: dolor en el pecho, fiebre alta que no cede, falta de aire y color morado, para recibir atención en una unidad médica u hospital, lo que posibilita la prórroga de la incapacidad.

En aquellos casos en que un trabajador haya tenido un contacto directo con un paciente positivo a Coronavirus, aunque no presente los sintomas pero que las autoridades de salud le indiquen que debe permanecer en cuarentena o aislado de sus actividades por algun tiempo, se le extenderá una incapacidad por los días que se le haya indicado.


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