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Miercoles 05, Noviembre 2025
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Destacadas • Publicado el 2025-11-05

Declaran infundada solicitud del municipio de Piedras Negras para revocar suspensión del gerente y consejeros del SIMAS

El Juzgado Tercero de Distrito del Poder Judicial de la Federación (PJF) declaró infundado el incidente promovido por el Ayuntamiento de Piedras Negras para revocar o modificar la suspensión definitiva otorgada al gerente y a los consejeros del Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento (SIMAS).

La resolución está relacionada con el juicio de amparo promovido por Lorenzo Menera Sierra, gerente general del organismo, y por nueve integrantes del Consejo Directivo de la paramunicipal.

El titular del juzgado, Juan Marcos Dávila Rangel, informó que este miércoles se emitió la determinación en dicho incidente.

Detalló que la administración municipal argumentó la existencia de nueve revocaciones por parte de distintos organismos públicos y privados, y presentó documentación para que se tomara en cuenta.

Sin embargo, explicó que el juzgado, tras analizar las pruebas, concluyó que no existe un nexo, relación o vínculo entre los nueve consejeros y los organismos que supuestamente revocaron sus nombramientos.

“Como no existe ese nexo o relación causal entre la designación de los organismos y la revocación —ya que no hay pruebas documentales ni declaraciones de los consejeros que confirmen que fueron designados por algún organismo—, el juzgado no puede revocar la suspensión definitiva, por lo que ésta continuará surtiendo sus efectos legales”, precisó Dávila Rangel.

Respecto a los siguientes pasos del proceso, el juez indicó que el municipio cuenta con un medio de impugnación, el cual podrá decidir si interpone o no.

Por su parte, el expediente principal continuará su curso y la audiencia constitucional está programada para el 7 de noviembre, fecha en la que podría concluir el juicio, salvo que exista alguna causa para diferirla.

“El siete se celebraría la audiencia constitucional, y el juzgado, conforme a la Ley de Amparo, tiene hasta 90 días para emitir la sentencia. No nos tomaremos los 90 días, pero sí algunos para revisar con detalle todas las manifestaciones y pruebas presentadas por las partes”, señaló el juzgador federal.


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