Corte invalida cobro por jugar en la vía pública en 17 municipios de Coahuila, incluyendo Piedras Negras
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el cobro por realizar actividades recreativas o deportivas en la vía pública en 17 municipios de Coahuila, medida contemplada en las leyes de ingresos municipales.
La resolución se tomó de forma unánime, invalidando también otras disposiciones de los municipios que incluían sanciones y cobros por festejos privados.
La Ministra Yasmín Esquivel Mossa, al respaldar la decisión de invalidez, destacó que la norma que sanciona la realización de juegos en la vía pública resulta sobreinclusiva, ya que no hace excepciones para menores de edad o eventos previamente autorizados, como competencias escolares de atletismo o ciclismo.
No obstante, Esquivel Mossa consideró que la norma en sí misma busca evitar la obstrucción del libre tránsito, aunque se mostró en desacuerdo con el razonamiento sobre su claridad.
La SCJN invalidó las leyes de ingresos de los municipios aprobadas por la Legislatura estatal anterior, correspondientes al ejercicio fiscal de 2024.
Entre los municipios afectados se encuentran Torreón, Monclova, Piedras Negras, Frontera, Ramos Arizpe, Cuatro Ciénegas, Parras de la Fuente y Matamoros. Estos ayuntamientos ya no podrán aplicar sanciones relacionadas con las actividades recreativas en la vía pública ni otras disposiciones que vulneraban los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad tributaria.
El fallo también exhortó al Congreso de Coahuila a evitar la emisión de normas con los mismos vicios de inconstitucionalidad en el futuro. Los efectos de la resolución se harán efectivos una vez que se notifiquen a los municipios involucrados.
Entre las disposiciones declaradas inconstitucionales también figuran multas administrativas imprecisas y el cobro por la expedición de copias certificadas de información pública, afectando a municipios como Ramos Arizpe, Guerrero, Zaragoza, Cuatro Ciénegas, y Villa Unión.
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