Prohibirán galletas, papas fritas, pizzas y otros alimentos en México
‘Papitas’, galletas e incluso pizzas congeladas, algunos de los ‘alimentos’ o botanas favoritas de los mexicanos podrían ser prohibidos en México debido a la reciente reforma a la Ley General de Salud.
El decreto avalado en la Cámara de Diputados y celebrado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) fue presentado para contrarrestar los índices de sobrepeso, obesidad, diabetes y enfermedades cardiovasculares en México.
Esto al regular la producción de alimentos con grasas trans, las cuales pueden afectar negativamente a la salud.
De acuerdo con la nueva normativa, todos los alimentos que contengan al menos 2% de ácidos grasos trans de producción industrial estarán prohibidos, es decir, aquellos productos a los que se les agregue este ingrediente.
Esto incluiría productos de origen animal como la carne y leche, los cuales contienen de manera natural estas grasas.
Algunos alimentos y bebidas que contienen grasas trans y que podríans ser prohibidos en México si no modifican su proceso de elaboración incluyen:
• Pasteles.
• Galletas dulces.
• Manteca vegetal.
• Palomitas para microondas.
• Pizza congelada.
• Papas fritas.
• Donas.
• Pollo frito.
• Salsas.
• Helados.
• Botanas saladas y dulces.
• Crema de leche para café.
• Margarina.
También podrían quedar prohibidas las bebidas sin alcohol abundantes en grasas trans como:
• Cafés o tés con crema añadida, crema batida
• Leche láctea alta en grasa como la entera
• Bebidas y licuados con aceite de coco o de palma
• Jugos artificiales
• Refrescos
• Cocteles cremosos sin alcohol como piñas coladas
¿Por qué prohíben alimentos con grasas trans en México?
La reforma a la Ley General de Salud fue aprobada en la Cámara de Diputados con 472 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones en marzo pasado y entrará en vigor 108 días después de su publicación, en septiembre de 2023.
Dicho decreto prohibe la comercialización una variedad de alimentos e ingredientes comunes en México debido a los riesgos que conlleva su consumo.
“Los alimentos, bebidas no alcohólicas, aceites y grasas no podrán exceder dos partes de ácidos grasos trans de producción industrial por cada cien partes del total de ácidos grasos”, señala la modificación al artículo 216 bis de la ley.
La Secretaría de Salud establecerá establezca las bases de regulación para las grasas trans de producción industrial en los términos de lo estipulado en el decreto.
Actualmente más de 13 mil personas al año en el país sufren de alguna enfermedad del corazón relacionada con el consumo de grasas trans y aceites.
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